RAUpdate Primera Resolución de modificaciones a las RGCE para 2026: Prórroga de la MVE y precisiones técnicas
El pasado 30 de marzo de 2026, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó de manera anticipada la primera resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior del año, la cual oficializa una prórroga para la entrada en vigor de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) hasta el 31 de mayo de 2026. Esta actualización técnica es fundamental para importadores y agentes aduanales, ya que otorga un margen operativo para adecuar la transmisión digital de expedientes y resuelve dudas sobre excepciones en operaciones globales complementarias y regímenes temporales.
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Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 (Primera versión anticipada) Publicada el 30/03/2026.
Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026. Publicadas el 24/12/2025
Update
El 30 de marzo de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) difundió la Primera Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026 de manera anticipada. El cambio de mayor impacto en esta publicación es la modificación al calendario de implementación de la Manifestación de Valor Electrónica (MVe).
Este movimiento administrativo responde a la necesidad de garantizar una transición estable hacia la digitalización integral de los documentos de valor. Originalmente, el sector proyectaba el inicio de esta obligación para el cierre del primer trimestre; sin embargo, la autoridad ha decidido extender el periodo de convivencia con los formatos tradicionales. Es fundamental precisar que esta es una publicación anticipada en el portal del SAT, lo que permite a los contribuyentes conocer el criterio de la autoridad de manera previa a su formalización en el Diario Oficial de la Federación (DOF), facilitando una planeación estratégica y preventiva.
Regulatory Framework
La resolución reforma la Regla 1.5.1., específicamente en su fracción VII, así como el Transitorio Décimo Primero bajo los siguientes puntos fundamentales:
Ampliación del Periodo de Transición (Transitorio Décimo Primero)
Se modifica el transitorio para extender el plazo de implementación de la Manifestación de Valor Electrónica. Hasta el 31 de mayo de 2026, se establece un periodo adaptativo que permite a los contribuyentes seguir proporcionando la información de valor a sus representantes aduanales a través de los formatos documentales físicos que han operado previo a esta reforma.
Esta medida busca asegurar que las empresas realicen las adecuaciones administrativas necesarias para cumplir de manera oportuna con la transmisión digital sin la aplicación de multas durante esta transición. La obligatoriedad plena de la transmisión a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM) inicia el 1 de junio de 2026.
Precisiones y Adiciones a la Regla 1.5.1 (Fracción VII)
La autoridad esclarece las situaciones donde la transmisión de la información de valor mediante el esquema de la MVE no será obligatoria; sin embargo, se debe conservar el soporte documental:
Inciso d) - Importaciones Temporales
Inciso e) - Pedimento Global Complementario.
Es imperativo señalar que, aunque se exima de la transmisión electrónica en los casos anteriores, prevalece la obligación de conservar y proporcionar toda la documentación e información correspondiente a requerimiento de la autoridad aduanera.
Effects from RAUpdate
La extensión de este plazo adaptativo no debe interpretarse como una pausa en el cumplimiento, sino como una ventana para mitigar riesgos operativos. Este tiempo adicional permite realizar los ajustes necesarios en los procesos internos, así como seguir preparándose para cumplir en su totalidad con lo solicitado una vez que la transmisión electrónica sea obligatoria.
Asimismo, esta prórroga facilita la realización de pruebas técnicas para verificar que el proceso de envío de datos y archivos adjuntos a través de VUCEM se esté ejecutando adecuadamente, evitando errores en la validación de pedimentos a partir de junio. Finalmente, la actualización esclarece situaciones específicas donde esta transmisión no será obligatoria, permitiendo que las empresas ajusten sus controles para estar plenamente alineadas con el criterio de la autoridad en operaciones globales y temporales.
Written By:
Dulce Ángel
Analista de Logística en Insumos para la Salud, S.A. de C.V. con experiencia en la coordinación de operaciones internacionales y cumplimiento normativo para el sector químico y de insumos para la salud. Cuenta con formación en metodologías de optimización de procesos Lean Six Sigma (Nivel Green Belt).
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