Nueva prórroga para la MVe y facilidades en el expediente digital
La Tercera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026 extiende la prórroga para la transmisión obligatoria de la Manifestación de Valor Electrónica (MVe) a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE) hasta el 30 de septiembre de 2026, iniciando su exigibilidad el 1 de octubre de 2026. Asimismo, establece facilidades administrativas vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026 para la integración del expediente digital de valor y contempla otros ajustes normativos.
UPDATE
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal la Tercera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026. Esta publicación confirma la extensión del periodo de transición para la implementación de la Manifestación de Valor Electrónica (MVe) hasta el 30 de septiembre de 2026, fijando el inicio de su obligatoriedad a partir del 1 de octubre de 2026.
Adicionalmente, se incorporan facilidades administrativas temporales para la conformación del expediente digital de valor y se incluyen diversos cambios y adecuaciones normativas generales a las RGCE. Esta versión anticipada permite a las empresas conocer con antelación los criterios de la autoridad para planificar de forma preventiva sus operaciones operativas y aduanales.
REGULATORY FRAMEWORK
La resolución modifica el Transitorio Décimo Primero de las RGCE para 2026, destacando los siguientes aspectos regulatorios:
Prórroga para la MVe: Hasta el 30 de septiembre de 2026, los contribuyentes podrán continuar entregando la información de valor a sus representantes aduanales mediante los formatos tradicionales. La transmisión electrónica obligatoria por la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE) será requerida a partir del 1 de octubre de 2026.
Facilidades para Expedientes Digitales: Se contemplan esquemas de flexibilidad vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026 para la integración del expediente de valor (como la exención temporal de ciertos anexos/documentos soporte y el uso optativo de formatos para contratos).
Otras Modificaciones Normativas: La resolución abarca ajustes a diversas reglas de comercio exterior para armonizar los procedimientos operativos y de despacho aduanero.
EFFECTS FROM RAUPDATE
Para las empresas importadoras y responsables de cumplimiento, estas disposiciones implican:
Tiempo para preparación: Oportunidad adicional para revisar procedimientos internos, validar el flujo de información y realizar pruebas de transmisión electrónica en la VUTCE.
Flexibilidad en integración documental: Facilita la recopilación de expedientes al otorgar facilidades sobre la documentación soporte del valor de las mercancías de manera transitoria.
Gestión preventiva: Se recomienda trabajar en conjunto con sus agentes aduanales para verificar los expedientes digitales y mantenerse al tanto de las demás disposiciones modificadas en esta resolución.
Written by:
Dulce Ángel.
Analista de Logística en Insumos para la Salud, S.A. de C.V. con experiencia en la coordinación de operaciones internacionales y cumplimiento normativo para el sector químico y de insumos para la salud. Cuenta con formación en metodologías de optimización de procesos Lean Six Sigma (Nivel Green Belt).
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